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Gremialistas ratifican el paro en estaciones de servicio para Semana Santa

Los gremialistas alertaron que realizarán la medida de fuerza el jueves y el viernes, si hoy no logran un acuerdo con los empresarios del sector en la reunión en el Ministerio de Trabajo
Los gremialistas de la Federación de Obreros y Empleados de Estaciones de Servicio y Garaje de la Republica Argentina, (FOESGRA) ratificaron el paro nacional hasta 48  previsto para esta semana santa.
La medida de fuerza  se llevara a cabo el jueves 21 y viernes 22 de abril y es posible que se extienda 12 horas mas de no llegar a un entendimiento con la patronal hoy lunes a las 15 horas, en una nueva reunión en el ministerio de Trabajo.
La Foesgra sostiene  "es  poco serio que después de 8 reuniones las cámaras empresarias sigan argumentando falta de rentabilidad para hacer frente a la demanda salarial que reclamamos".
"No ofrecieron suma alguna para acercarse a los 4.000 pesos que reclamamos los trabajadores, por lo tanto la medida de fuerza esta firme y se puede extender  incluso desde las 12 horas del miércoles 20 de abril” sostuvo Carlos Acuña, secretario general de la Foesgra.
"A los usuarios  estar atentos a las negociaciones de hoy, de no llegar a un acuerdo con las cámaras empresarias, recomendamos no salir a las rutas este fin de semana, será complicado conseguir  un solo litro de nafta, dado que la medida de fuerza de los trabajadores será contundente y efectiva” sentencio Acuña.

La venta de autos usados casi duplica la de 0 km

La venta de automóviles no encuentra techo. Mientras los 0 km superaron las 230.000 unidades comercializadas en los primeros tres meses, ahora los concesionarios de autos usados comunicaron que, en el mismo período de tiempo, vendieron el doble: 422.951 unidades. Según el informe de la Cámara del Comercio Automotor (CCA), la cifra significa un crecimiento de 17,21%, comparado con igual período de 2010 (360.853 unidades).
Si se toman en cuenta las unidades comercializadas durante el último mes, el trabajo de la CCA informa que las ventas subieron un 5,37%, alcanzando las 138.707 unidades, frente a igual mes de 2010 cuando se vendieron 131.633 unidades.
Sin embargo, si se compara marzo con febrero pasado, mes en el que se vendieron 138.912 autos, se observa una desaceleración de 0,15 por ciento. Para Alberto Príncipe, presidente de la CCA, las cifras no solo muestran “un nuevo record” tanto para el trimestre como para marzo, sino que ampliaron las proyecciones. “La demanda de vehículos cada vez es mayor, por lo tanto, estimamos para el 2011 ventas por 1.700.000 unidades”, expresó el concesionario.
El gran motor para el sector de los autos usados es el interior del país. La provincia que más crecimiento mostró en el primer trimestre del año, fue Entre Ríos (26,07%); mientras que la que menos creció fue Capital Federal (7,42%).

Mapa de los lugares exactos de los radares en las rutas a la Costa

El Gobierno de la Provincia de Buenos Aires reveló el lugar exacto de los radares en las rutas bonaerenses, que estarán ubicados por lo menos 500 metros antes del lugar donde se produce el registro de la infracción. La multa por superar la máxima puede llegar a 2.500 pesos
Crédito foto: www.gba.gov.ar
La medida se adoptará por una modificación introducida hace dos meses en el artículo 28 del Código de Tránsito bonaerense y que fue publicada hoy en el Boletín Oficial provincial. De esta forma, la provincia de Buenos Aires adaptará a la nueva normativa las señales en ruta, respetando una distancia de antelación mínima de 500 metros a la zona de alcance de los cinemómetros, que son los radares de detección de infracciones.
El titular de la Dirección de Política y Seguridad Vial provincial, Emiliano Baloira, explicó que se busca "mejorar la visualización ampliando la distancia entre la cartelería y el radar". Asimismo, justificó la instalación de los 55 cinemómetros en el Corredor Vial del Atlántico, al considerar que "es la mejor forma de proteger a los conductores".
El jefe de Gabinete provincial, Alberto Pérez, reveló que "los datos indican una baja notable en el nivel de infractores detectados por los radares, lo que confirma que las políticas impulsadas por esta administración no perseguían un fin recaudatorio, sino de prevención".

Actualmente, en la Autovía 2 se encuentran operativos 27 radares, en tanto que en la 11 suman 13, en la ruta 36 hay cuatro cinemómetros fijos, en la 63 son tres y en la ruta 74 operan otros ocho.


Fuente: DyN

Listado de Radares (Autovia 2 y Rutas 63 - 11 - 74)

Listado de Radares en la Autovia 2

Ruta 2 Mar del Plata Buenos Aires
Ubicación Referencia Esta a la mano Velocidad Permitida
Km 341 – 100 mts Coronel Vidal Izquierda 80
Km 323 – 500 mts. General Piran Izquierda 60
Km 203 YPF Dolores antes de llegar 200 mts Derecha 80
KM 180 Castelli Izquierda 80
Km 153 Derecha 120
Km 114 – 500 mts Atalaya Izquierda 80
Km 82 – 200 mts Izquierda 80
Km 45 Izquierda 80

Ruta 2 Buenos Aires Mar del Plata
Ubicación Referencia Esta a la mano Velocidad Permitida
Km 41 + 950 Izquierda 80
Km 81 + 800 mts Izquierda 80
Km 114 Atalaya Derecha 80
Km 153 Derecha 120
Km 180 Castelli Izquierda 80
Km 203 YPF Dolores Derecha 80
Km 322 + 500 mts General Piran Izquierda 60
Km 340 + 900 mts Coronel Vidal Izquierda 80
Km 396 + 100 mts. Camet Derecha 60

En el kilometro 123 (mano a Bs As) y el 155 (mano a MDP) hay cartel que dice Radar, Fondo blanco letras negras. NO existe ese radar.-
Berlingo azul oscuro, para en el medio de las dos manos, es un radar movil.-
La ubicación puede variar alrededor de 500 mts. aproximadamente.

Listado de Radares en las Rutas 63 – 11- 74

Ruta 63
Dolores: Km 8,8 Max 60
Dolores: Km 13 Max 100

Ruta 11
Lavalle: Km 291 Max 40
Santa Teresita: Km 323 Max 60
Mar del Tuyu: Km 329,8 Max 40
Mar de Ajo: Km 346,10 Max 40
Pinamar: Km 391,40 Max 40
Pinamar: Km 393,3 Max 80
Villa Gesell: Km 410,50 Max 40

Ruta 74
Km 18,2 Max 40

Ruta 56 Niguno

Estos datos forman parte del “BOLETIN INFORMATICO Nº 646 del COLEGIO DE ABOGADOS DEL DEPTO JUDICIAL DOLORES”. Gracias a Andrea

La AFIP, contra los coleros o arbolitos que compran dólares

En sintonía con las demás medidas que regulan el movimiento de divisas, el organismo recaudador le envió a la presidente del Banco Central un listado con 5.946 contribuyentes que deberían quedar inhabilitados para comprar dólares. Habrá más controles sobre las transportadoras de caudales
Las prohibiciones se imponen sobre personas que están sospechadas por la AFIP de "prestar" sus documentos para comprar legalmente dólares u otra moneda extranjera en bancos o casas de cambio y luego revenderlos en el mercado paralelo.
El objetivo del administrador federal es que el BCRA inhabilite a estos contribuyentes conocidos como "coleros" o "arbolitos", que pasan las divisas del circuito formal al mercado negro.
Por otra parte, Echegaray también le informó a Marcó del Pont la situación de otros 226 contribuyentes que en marzo de 2011 realizaron compras mayores a los 250.000 dólares y presentaron inconsistencias. Estos casos se suman a los 1.300 que la AFIP notificó al BCRA en 2010.
Las inconsistencias se resumen en que los ingresos de estos contribuyentes (sueldos cobrados, ventas de inmuebles o utilidades por su actividad comercial) no justifican los fondos necesarios para realizar las operaciones de compra de dólares.
Registro de información para empresas
La AFIP dispuso adicionalmente que las compañías transportadoras de caudales deberán notificar al organismo los montos y sujetos que intervienen tanto cuando brinden servicios de traslado o entrega de fondos, como en los casos de custodia o tenencia de dinero.
Con esta medida se logrará un mayor control sobre el impuesto a los créditos y débitos bancarios.
Las empresas también deberán notificar si la operación es de custodia o guarda, incluyendo además el período de contratación.
El registro deberá cumplimentarse para las operaciones que se realicen a partir del 1º de mayo.

Marzo se convirtió en el mes más exitoso de la historia en venta de autos

Se patentaron 66.608 automotores, lo que representa un incremento del 16% comparado con un año atrás. La particularidad es que semejante crecimiento se alcanzó pese a que por los feriados el mes tuvo ahora 3 días hábiles menos. El promedio diario acusó un salto de 35 por ciento

Crédito foto: NA
Destaca la Asociación de Concesionarios de Automotores de la República Argentina (Acara) que "se completan, así, 17 meses consecutivos de crecimiento, convirtiéndose marzo del 2011 en el mejor mes de la historia de la actividad, si se excluyen los meses de enero que por motivos estacionales siempre es un mes doble".
Además, coronó el mejor trimestre de la historia que supera notoriamente al del pasado año, que también alcanzó un pico histórico.
Los patentamientos acumulados en estos tres meses sumaron 230.185 unidades, que representa 27,5% de incremento comparado con igual período del pasado año.
Camino a batir máximos históricos
"Este mes ha sido una muestra exacta de que, más allá de todos los elementos que se pueden analizar, el hecho preponderante es que el mercado sigue empujando hacia adelante", sintetizó Dante Álvarez, presidente de Acara.
Agregó el dirigente que "en marzo no sólo tuvimos menos días hábiles por los feriados sino que también se especulaba con que la incidencia que las restricciones vigentes a la importación de autos iba a desacelerar el ritmo de las operaciones. Nada de eso ocurrió hasta el momento, porque la demanda creciente de los autos pequeños y medianos compensó y diluyó cierta demora en la disponibilidad de los vehículos premium".
Lo más notable fue que en los últimos días hábiles del mes se produjo un aluvión de patentamientos con volúmenes que prácticamente duplicaron y hasta triplicaron la cantidad de operaciones que suelen tener los días promedio.
"Con las cifras de marzo, superamos en 15% el objetivo trimestral de 200.000 unidades que poníamos como parámetro para pensar un año que establezca nuevas marcas históricas con lo cual seguimos siendo muy optimistas a la hora de proyectar el número final de 2011, cada vez con mayores certezas", completó Álvarez.


MODIFICACIONES A LA ACREDITACION DE LICITUD Y ORIGEN DE FONDOS

DISPOSICIÓN D.N. N* 197 del 29 de marzo de 2011.
ENTRADA EN VIGENCIA: 1 de ABRIL de 2011.
 Quedan alcanzados todos los trámites aislados ó habituales de:

 Inscripción Inicial

 Transferencia de Dominio

 Constitución de Prenda

 Cancelación anticipada de Prenda. (Cuando la misma sea peticionada con anterioridad a la fecha de finalización del contrato prendario).

 Quedan comprendidas en el cumplimiento de las normas establecidas, las personas físicas ó jurídicas en cuyo nombre ó beneficio se realicen los trámites anteriormente mencionados.

 Los peticionantes deberán consignar los siguientes datos, en la S.T. correspondiente:

Personas Físicas:

 Lugar de nacimiento

 Profesión, oficio, industria ó comercio que constituya su actividad principal.

 Domicilio real (calle, número, localidad, provincia y código postal)

 Número de teléfono y dirección de correo electrónico.

 Además deberán suscribir la “Declaración Jurada sobre el origen lícito de los fondos y sobre la condición de Persona Políticamente Expuesta”, la que deberá ser presentada por duplicado. El original quedará en el legajo del automotor y el duplicado intervenido por el Registro Seccional servirá como constancia de recepción para el peticionante.

Personas Jurídicas:

 Número de teléfono de la sede social y dirección de correo electrónico.

 Cuando los montos involucrados en las operaciones superen los $ 50.000, deberán suscribir la “Declaración jurada sobre el origen lícito de los fondos”

 Hasta tanto se aprueben los nuevos modelos de S.T. que contengan los campos necesarios para los nuevos datos requeridos, los mismos deberán consignarse en una nota simple suscripta por el peticionante.

 Cuando las operaciones involucren sumas superiores a los $ 200.000 se requerirá la correspondiente documentación respaldatoria o información que acredite el origen declarado de los fondos, la que podrá acreditarse por alguno de los siguientes instrumentos:

 Copia autenticada de la escritura por la cual se justifiquen los fondos con los que se realizó la compra

 Certificación extendida por contador público matriculado que certifique el origen de los fondos

 Documentación bancaria de donde surja la existencia de fondos

 Documentación que acredite la venta de bienes muebles, inmuebles, valores o semovientes, por importes suficientes.

 Cualquier otra documentación que respalde – de acuerdo con el origen declarado – la tenencia de fondos suficientes para realizar la operación.

 A los efectos de los valores indicados ($ 50.000 ó $ 200.000), se tendrá en consideración el valor total de los bienes involucrados, ó el valor de la tabla de valuaciones para el cálculo de los aranceles. En caso de no coincidir los montos se tomará como válido el que resultare mayor.

 Estos requisitos serán también exigidos cuando el Registro Seccional haya podido determinar que se han realizado trámites simultáneos ó sucesivos en cabeza de un titular, los que individualmente no alcancen el monto mínimo establecido, pero que en su conjunto lo excedan.

 La negativa a dar cumplimiento a estos recaudos, deberá instrumentarse mediante la presentación de la “Declaración Jurada para el caso de incumplimientos de los recaudos establecidos por la Ley 25.246. Resoluciones UIF N* 11/11 y 26/11” a los fines de que manifieste inequívocamente su voluntad en tal sentido y que conoce las consecuencias que derivan de su incumplimiento.

 La falta de cumplimiento de alguna de estas obligaciones (los tres supuestos que llevan declaración jurada), dará lugar a la observación del trámite.

 Las declaraciones juradas que no fueren suscriptas por ante el Encargado de Registro interviniente, deberán encontrarse certificadas por Escribano Público ó por aquellas personas autorizadas por la D.N. a certificar las firmas en las S.T. conforme lo establecido en el D.n.T.R. Título I, Capítulo V, Sección 1*.

Quedan exceptuados de dar cumplimiento a estas obligaciones:

 Las inscripciones de bienes ordenadas por oficio sucesorio,

 Cuando el adquirente de los bienes sea el Estado Nacional, los Estados Provinciales, la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, ó los Municipios, ó sus organismos descentralizados.

 Cuando se trate de Inscripciones Iniciales a favor de sus fabricantes,

 Cuando el acreedor prendarios sea un organismo del Estado Nacional, Provincial, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, o los Municipios, en el marco de programas nacionales, provinciales ó municipales de financiamiento de pequeñas y medianas empresas, emprendimientos productivos u otros similares. Esta excepción se aplica exclusivamente respectos de los organismos del Estado y no comprende a los restantes intervinientes en la operación.

 Cuando el acreedor prendario sea la ADMINISTRACION NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL (ANSeS). Esta excepción se aplica exclusivamente respecto del citado organismo y no comprende a los restantes intervinientes en la operación.
En el caso de los usuarios que revistan la calidad de “Personas Expuestas Políticamente”, los Registros Seccionales deberán reforzar las medidas necesarias tendientes a determinar cuál es el origen de los fondos que involucren sus operaciones, considerando su razonabilidad y justificación económica y jurídica. En los “Reportes de Operaciones Sospechosas” en que se encuentren involucradas “Personas Expuestas Políticamente”, el Registro Seccional deberá dejar constancia de ello al efectuar la descripción de la operatoria.